
Navegar por el sistema de inmigración estadounidense puede ser complejo, sobre todo cuando se trata de patrocinio económico y prestaciones públicas. Si patrocinas a un familiar inmigrante, entender cómo interactúan las prestaciones de la Administración de Veteranos, las prestaciones de la Seguridad Social y el formulario I-864 (Declaración jurada de apoyo) es crucial para el cumplimiento y el éxito de tu petición.
¿Qué es el formulario I-864?
El formulario I-864, Declaración jurada de manutención, es un contrato legalmente vinculante que firma un patrocinador para demostrar que tiene ingresos o recursos económicos suficientes para mantener al futuro inmigrante. El objetivo es garantizar que el inmigrante no se convertirá en una carga pública y que tendrá apoyo económico hasta que se convierta en ciudadano estadounidense o haya trabajado 40 trimestres admisibles (unos 10 años).
¿Quién debe presentar el formulario I-864?
- Ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes que soliciten familiares (por ejemplo, cónyuges, padres, hijos).
- En los casos basados en el empleo en los que un miembro de la familia posea el 5% o más de la empresa solicitante.
¿Puedes contabilizar las prestaciones de la VA y la Seguridad Social en el formulario I-864?
Sí, ciertas prestaciones públicas recibidas por el patrocinador pueden computarse como ingresos a efectos del I-864, pero con importantes distinciones:
1. Prestaciones del VA (Veterans Affairs Benefits)
Las prestaciones de la VA, como la indemnización por discapacidad relacionada con el servicio, las pensiones de la VA o la ayuda a la educación, puedencontarse como ingresos en el formulario I-864. Estas prestaciones no están sujetas a comprobación de recursos, por lo que no descalifican a un patrocinador para actuar como patrocinador financiero.
Ejemplo: Un veterano jubilado que recibe 2.000 $ al mes en concepto de indemnización por incapacidad del VA puede indicar esa cantidad en el I-864 como “otros ingresos”.
2. Prestaciones de la Seguridad Social
Hay dos tipos principales de prestaciones de la Seguridad Social:
- Jubilación de la Seguridad Social (SSDI) y Seguro de Incapacidad de la Seguridad Social (SSDI): Son prestaciones devengadas basadas en el historial laboral y no están sujetas a comprobación de recursos, por lo que pueden contabilizarse como ingresos en el formulario I-864.
- Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI): Está condicionada a los recursos económicos y se destina a personas mayores con bajos ingresos y a personas discapacitadas. No puede tenerse en cuenta para el requisito de ingresos del formulario I-864.
¿Qué ingresos cuentan para cumplir el requisito del I-864?
El patrocinador debe demostrar que gana al menos el 125% de las Directrices Federales de Pobreza (el 100% para los militares en activo que patrocinen a un cónyuge o a un hijo). El patrocinador puede contar:
- Sueldo o salario
- Ingresos de autónomos
- Jubilación de la Seguridad Social o SSDI
- Incapacidad o jubilación del VA
- Pensiones o cuentas de jubilación
- Pensión alimenticia o manutención recibida
- Otras fuentes lícitas de ingresos
Si los ingresos del padrino no son suficientes, pueden:
- Utiliza un patrocinador conjunto
- Contabilizar los ingresos del solicitante de asilo, si la ley lo permite
- Contar los ingresos de los miembros del hogar
Carga pública y prestaciones: ¿Recibir prestaciones afectará a mi petición?
- Para el patrocinador, recibir prestaciones no sujetas a comprobación de recursos, como la invalidez de la VA o la jubilación de la Seguridad Social , no repercutirá negativamente en su capacidad de patrocinar.
- Para el inmigrante, el USCIS ya no aplica la regla de la carga pública de la era Trump. La percepción de prestaciones públicas por el inmigrante sólo podría importar en determinados casos, pero no las prestaciones recibidas por el patrocinador.
Puntos clave
- Las prestaciones de la VA y la Seguridad Social (jubilación o SSDI) pueden utilizarse como ingresos admisibles en el formulario I-864.
- El SSI y otras prestaciones sujetas a comprobación de recursos no pueden utilizarse para cumplir los requisitos de ingresos.
- Los patrocinadores deben ser conscientes de que la firma del Formulario I-864 crea una obligación económica legal que el inmigrante o el gobierno pueden hacer cumplir ante los tribunales.
- Los patrocinadores que utilicen ingresos de la VA o de la Seguridad Social deben adjuntar pruebas (por ejemplo, cartas de concesión, extractos bancarios que muestren ingresos directos).
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